La promoción y fomento de proyectos de meliponicultura para la recolección y cría de Abejas Nativas Sin Aguijón (ANSA), orientados a la prestación del servicio ecosistémico de polinización en la jurisdicción de la CAR, sin fines comerciales y en áreas de especial importancia ambiental, sí requieren permisos específicos. Según el artículo 3 de la Ley 611 de 2000 y el Decreto 1076 de 2015, la zoocría implica mantenimiento y aprovechamiento de fauna silvestre, por lo cual esta actividad es considerada zoocría y requiere permiso de caza de fomento y licencia ambiental para su desarrollo. Adicionalmente, el uso sostenible en áreas protegidas está permitido bajo autorización ambiental que debe ser evaluada para evitar riesgos o daños. La promoción del servicio de polinización puede ser un fin indirecto, pero el trámite legal es obligatorio para asegurar un manejo sostenible y conforme a la normativa vigente.