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Prórrogas de permisos, concesiones y autorizaciones ambientales: marco normativo y consideraciones del ministerio de Ambiente

Escrito por  Mar 14, 2025

No hay un límite específico en el número de prórrogas para permisos y concesiones, pero la duración total (incluyendo prórrogas) no debe sobrepasar el período máximo establecido. En el caso de licencias ambientales, reguladas por la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015, se otorgan por la vida útil del proyecto y no se consideran prórrogas, ya que comprenden todas las fases del proyecto, desde construcción hasta desmantelamiento. Así, este marco normativo permite una gestión regulada y clara en cuanto a la temporalidad y continuidad de las actividades ambientales. La Entidad precisa que según el artículo 51 del Decreto-Ley 2811 de 1974, los derechos para usar recursos naturales pueden adquirirse a través de permisos, cuya duración se establece por la naturaleza del recurso, no excediendo diez años. La prórroga es posible para permisos de menos de diez años, siempre que se solicite con 60 días de antelación a su vencimiento.

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Modificado por última vez en Jueves, 13 Marzo 2025 20:09