La cuantificación de los perjuicios por incumplimiento requiere que la entidad estatal, durante la citación a la audiencia, detalle los hechos que justifican la actuación, las omisiones del contratista y las pruebas que respalden la decisión de iniciar el procedimiento sancionatorio. Es esencial que estos elementos sirvan de base para establecer el grado y la cuantía de los perjuicios. Según el artículo 1600 del Código Civil, no se pueden reclamar simultáneamente indemnización por daños y la cláusula penal, a menos que se estipule lo contrario.
Respecto al procedimiento para declarar un siniestro, si la entidad impone sanciones como caducidad o multas, este acto también declara el siniestro y debe notificarse al garante, similar al aviso de siniestro en el Código de Comercio. Los aseguradores pueden interponer recursos, pero una vez firme la decisión, se convierte en obligatoria. El procedimiento común se aplica si la causa del siniestro no es sancionatoria.
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