El Consejo de Estado declaró nula la Resolución SSPD 000358 de 30 de enero de 2005, que ordenaba a Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P. la reliquidación de facturas de septiembre y octubre de 2003 a un usuario, al sustentar que hubo falsa motivación en el acto impugnado. La demandante argumentó que la SSPD incurrió en un error al aplicar un promedio histórico de consumo de 184 kwhm, el cual no correspondía a la realidad del inmueble. Los hechos demostraron que los datos utilizados provenían de un registro que no reflejaba el consumo real del usuario y pertenecían a un caso de otro recurso de apelación, induciendo a un error en la evaluación del consumo.
La sentencia destacó la obligación de la Superintendencia de considerar los consumos históricos correctos y de investigar adecuadamente las causas de los incrementos en el consumo reportado. Se concluyó que el acto administrativo no cumplía con los principios de legalidad y adecuación a hechos reales, dado que los supuestos de hecho utilizados eran incorrectos. Por ello, el Consejo de Estado decidió acceder a las pretensiones de la demanda y declarar la nulidad de la resolución.
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