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¿Qué obligaciones tributarias tienen las sociedades en liquidación o disolución respecto al reporte en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB)?: DIAN

Escrito por  Feb 13, 2025

La DIAN PRECISÓ que todas las sociedades nacionales, incluso aquellas en proceso de disolución, liquidación o intervención judicial, están obligadas a identificar y reportar la información de sus beneficiarios finales en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB). Esta obligación se basa en los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario y en la Resolución 000164 de 2021.

Las sociedades disueltas en estado de liquidación deben reportar la información correspondiente a sus beneficiarios finales, identificando al liquidador como tal, y hacerlo electrónicamente. El plazo para el suministro inicial de la información fue hasta el 31 de julio de 2023, y este registro es un requisito para la cancelación del Registro Único Tributario (RUT). La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones por parte de la DIAN, lo que subraya la importancia de cumplir con esta obligación.

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Modificado por última vez en Miércoles, 12 Febrero 2025 19:48