El pago diferido de facturas de servicios públicos durante la emergencia sanitaria por COVID-19 se regula a través de varias normativas y medidas adoptadas por el Gobierno que entre los principales se destacan: la opción de pago diferido que aplica a usuarios de estratos 1 a 6, así como a suscriptores industriales, comerciales y oficiales. Los usuarios pueden realizar el pago de los consumos diferidos hasta un plazo de 36 meses (tres años) a partir de la declaratoria de la emergencia sanitaria. Esto significa que los cobros generados durante los primeros 60 días de la emergencia pueden ser pagados en cuotas a lo largo de este período sumado a la información al usuario y las reclamaciones.
En resumen, el pago diferido de facturas de servicios públicos durante la emergencia sanitaria está diseñado para facilitar a los usuarios el cumplimiento de sus obligaciones sin incurrir en penalidades adicionales, garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad de los prestadores de servicios.
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