El documento soporte de pago de nómina electrónica debe generarse por los pagos en especie que realiza el empleador a terceras personas en cumplimiento de pactos colectivos de trabajadores y/o convenciones colectivas de trabajo, según lo establecido en el artículo 29-1 del Estatuto Tributario. Sin embargo, se exceptúan de esta disposición los pagos en especie efectuados por el empleador a terceras personas en virtud de dichos pactos o convenciones colectivas. Esto significa que, aunque hay una obligación general de generar el documento soporte para los pagos en especie, hay excepciones específicas que deben ser consideradas en el contexto de los acuerdos colectivos.