Por lo anterior hace traslado de la consulta a la SSPD, SIC y Ministerio de Minas como entidades que pueden ofrecer la respuesta a la consulta realizada.
La CREG precisó que esta Comisión no realiza el seguimiento o vigilancia a la correcta aplicación de la regulación, no impone sanciones, no gestiona procedimientos de conexión, ni define o establece si un agente está actuando en contra de la competencia; así mismo, tampoco tiene dentro de sus competencias el establecer el RETIE.
Por lo anterior hace traslado de la consulta a la SSPD, SIC y Ministerio de Minas como entidades que pueden ofrecer la respuesta a la consulta realizada.