La Ley establece cambios significativos en la estructura interna de las personerías en Colombia y define límites de gastos. En cuanto a los Cambios en la Estructura Interna indica que, cada personería debe tener al menos un personero y un secretario; en cuanto a la Estructura Administrativa: El concejo municipal/distrital, a iniciativa del personero, determinará la estructura, funciones y salarios, basándose en un estudio técnico.
Por último, el límite de gastos que no pueden exceder un porcentaje de los ingresos corrientes de libre destinación, según la categoría del municipio así: Categoría Especial 1.6%, Primera Categoría 1.7% y Segunda Categoría 2.2%. Estos cambios buscan mejorar la gestión y el funcionamiento de las personerías, asegurando un uso eficiente de los recursos.
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