Lo anterior, en virtud del fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ordenó a la CREG a expedir las regulaciones impuestas en el numeral 7 del artículo 4 de la Resolución No.40311 de 2020, modificado por la resolución No.40042 del 2 de febrero de 2024 del Ministerio de Minas y Energía, esto es, los nuevos lineamientos al esquema de modificación en la fecha de puesta en operación FPO y sus garantías, en el término de los diez (10) días, siguientes a la ejecutoria de esta sentencia.