Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Texto del Decreto que modifica disposiciones respecto del Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de la Infraestructura (FIP)

Escrito por  Mar 11, 2024

A través del presente Decreto quedó establecido que, el Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de Infraestructura (FIP) es un patrimonio autónomo que será administrado por la Fiduciaria la Previsora S.A en los términos del contrato de fiducia mercantil que se suscriba para el efecto. Los costos asociados a la administración del Fondo deberán ser competitivos y ajustados a los precios de mercado.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Domingo, 10 Marzo 2024 16:26