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Consideraciones de la SSPD sobre las facultades que tienen las autoridades territoriales para la coordinar la actividad de aprovechamiento en su territorio

Escrito por  Dic 09, 2020

En el marco de la Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS), las autoridades territoriales se encuentran facultadas para organizar y coordinar la prestación de la actividad de aprovechamiento en su territorio. Por tal razón, en el marco de sus competencias legales, pueden adoptar las medidas que estimen necesarias para dar cumplimiento

a sus funciones en relación con la prestación de los servicios. En ese sentido, de observar la prestación irregular de un servicio, debe ponerlo en conocimiento la SSPD y/o demás organismos de control para que adelante las investigaciones del caso. 

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