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CRA emitió concepto refiriéndose a las condiciones para la implementación de los esquemas diferenciales y subsidios del servicio de acueducto y alcantarillado

Escrito por  Ene 22, 2024

El artículo 89 de la Ley 142 de 1994, establece la obligación de los Concejos Municipales de crear los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos y que los recursos de dichos fondos serán destinados a dar subsidios a los usuarios de los estratos 1,2 y 3 como inversión social. Por su lado, el artículo 125 de la Ley 1450 de 20111 establece lo siguiente: “Para efectos de lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 99 de la Ley 142 de 1994, para los servicios de acueducto alcantarillado y aseo, los subsidios en ningún caso serán superiores al setenta por ciento (70%) del costo del suministro2 para el estrato 1, cuarenta por ciento (40%) para el estrato 2 y quince por ciento (15%) para el estrato". La Resolución CRA 943 de 2021 que compila la Resolución CRA 825 de 2017, desarrolla los criterios y condiciones para la implementación de los esquemas diferenciales de prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en zonas rurales.

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Modificado por última vez en Domingo, 21 Enero 2024 22:27