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MinMinas concede plazo para actualizar información correspondiente a los acuerdos comerciales de comercializadores industriales de derivados del petróleo

Escrito por  Dic 07, 2020

El MinMinas concede plazo a todos los Comercializadores Industriales, para que actualicen la información correspondiente a los contratos y/o acuerdos comerciales de sus clientes finales en los términos anteriormente descritos en vía al cumplimiento en lo expresado en el Decreto 1073 de 2015. Dicho plazo se extiende al 14 de enero de 2021

Lo anterior teniendo en cuenta que, durante el proceso permanente de revisión de información que realiza la Dirección de Hidrocarburos sobre las condiciones operativas de los agentes, el pasado 1 de diciembre de 2020 se procedió a actualizar en el SICOM, el estado de los puntos de entrega correspondientes a aquellos consumidores finales que presentaran las siguientes inconsistencias: al no presentar consumos durante los últimos seis meses, el punto de entrega se considera inactivo. Si se encuentran los Contratos y/o acuerdos comerciales vencidos o que no se encuentren debidamente firmados por las partes, o que no señalen el uso detallado del combustible, tipo de combustible y volumen, conforme lo exige el Decreto 1073 de 2015, se considerará inactivo.

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