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Consideraciones de la SSPD sobre suministro y cobro de agua no potable en zonas veredales

Escrito por  Dic 18, 2023

La posibilidad de que, en el marco de los servicios públicos domiciliarios, una entidad territorial pueda cobrar el agua potable que suministra a través de un carro de bomberos, dependerá del esquema de prestación al cual se encuentre sujeta como prestador, en la medida que la reglamentación prevista en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, contempla esquemas diferenciales de prestación de acueducto, alcantarillado y aseo, así como esquemas para el aprovisionamiento de agua para consumo humano y doméstico y de saneamiento básico en zonas rurales del territorio nacional que no son considerados prestación de servicios públicos domiciliarios.

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Modificado por última vez en Domingo, 17 Diciembre 2023 21:14