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Reglamentado el Sistema Distrital de Planeación en relación con el Plan de Ordenamiento Territorial, y los Planes de Desarrollo Distrital y Locales

Escrito por  Dic 07, 2023

Las entidades y organismos distritales responsables de la ejecución de proyectos y acciones incluidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, así como en los instrumentos que lo desarrollen, y los Planes de Acción de Políticas Públicas, deberán garantizar su articulación progresiva con los objetivos y metas del respectivo Plan de Desarrollo Distrital vigente.

Cada vigencia fiscal, las Empresas Industriales y Comerciales Distritales estarán obligadas a programar de manera efectiva y precisa los recursos necesarios para la ejecución de los proyectos y/o acciones establecidas en el programa de ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial y sus instrumentos, así como para alcanzar las metas programadas en los productos del plan de acción de las políticas públicas adoptadas mediante procedimiento CONPES D.C. Para cumplir con esta obligación, deberán incorporar en su presupuesto de Inversión, los proyectos que serán ejecutados durante la vigencia.

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Modificado por última vez en Miércoles, 06 Diciembre 2023 23:00