La fecha a partir de la cual se suspendieron los términos, en los niveles Central y Descentralizado de la CGR, dentro de las indagaciones Preliminares Fiscales, Procesos de Responsabilidad Fiscal, de Jurisdicción Coactiva, Disciplinarios y Sanciónatenos, es el 16 de marzo de 2020 con la Resolución Reglamentaria Ejecutiva No. 063-2020, modificada por la Resolución Reglamentaria Ejecutiva No. 0064-2020 “Por la cual se suspenden términos dentro de las Indagaciones Preliminares Fiscales, los Procesos de Responsabilidad Fiscal, de Jurisdicción Coactiva, Disciplinarios y Sancionatorios, que se adelanten en la Contraloría General de la República”, modificada por la Resolución Reglamentaria Ejecutiva No. 0067-2020, “Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0064 del 30 de marzo de 2020”, modificada por las resoluciones: Resolución Reglamentaria Ejecutiva No. 0068-2020 “Por la cual se corrige la fecha de expedición de la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0067 de 2020”, por la Resolución Reglamentaria Ejecutiva No. 0069-2020, “Por la cual se hace una adición al artículo primero de la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0067 de 2020" y por la Resolución Reglamentaria Ejecutiva No. 0070-2020, “Por la cual se reanudan los términos dentro de las Indagaciones Preliminares Fiscales y Disciplinarias, los Procesos de Responsabilidad Fiscal, de Jurisdicción Coactiva, Disciplinarios y Procedimientos Administrativos Sancionatorios Fiscales, en la Contraloría General de la República”.