La Entidad indicó que independientemente del mineral sujeto a exploración y explotación, el marco legal regulatorio de las actividades mineras en Colombia será en principio las regulaciones y disposiciones contenidas en el Código de Minas- Ley 685 del 2001, el cual será de
aplicación preferente. En esta Ley se establecen con claridad las etapas y los requisitos necesarios que debe cumplir el titular minero en cada una de ellas para realizar actividades mineras de manera legal y con sujeción a la normatividad minera vigente.
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