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ADR aclara dudas sobre la naturaleza y alcance de los acuerdos de confidencialidad

Escrito por  Ago 06, 2020

Los acuerdos de confidencialidad o Non Disclosure Agreement (NDA por sus siglas en inglés), son contratos que suscriben dos o más partes con el objeto de compartir información confidencial, los cuales no cuentan con una reglamentación particular, sin embargo, consuetudinariamente cobran especial importancia en la actividad comercial y en las adquisiciones.

El propósito de estos acuerdos consiste principalmente en salvaguardar y garantizar que la información compartida entre las partes no sea revelada a terceros o usada indebidamente, so pena de incurrir en conductas tipificadas penalmente, entre otras sanciones. Taxativamente no se encuentra establecida qué tipo de información debe ser considerada como confidencial, razón por la cual el acuerdo de confidencialidad deberá, entre otros incluir: la descripción de la información a considerarse como tal; la identificación de las partes signatarias; la previsión de las circunstancias en las que podría ser divulgada a terceros la información y demás cláusulas generales propias de este tipo de contratos o que se requieran en beneficio de la seguridad jurídica de las partes.

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