conforme la sociedad, esta tendrá carácter oficial, mixto o privado y la misma suerte correrá la naturaleza de sus recursos, los cuales tendrán, según la naturaleza de sus socios, el carácter de ser públicos, mixtos o privados.
De acuerdo con el presente concepto, la naturaleza jurídica de las empresas de servicios públicos no solo se determina por el tipo de sociedad que adopte, sino también por el porcentaje de aportes de capital público o privado con que cuenten, pues dependiendo del capital que
conforme la sociedad, esta tendrá carácter oficial, mixto o privado y la misma suerte correrá la naturaleza de sus recursos, los cuales tendrán, según la naturaleza de sus socios, el carácter de ser públicos, mixtos o privados.