siempre que el objeto esté relacionado con alguna de las actividades mencionadas en la «Matriz 1 – Experiencia». Por tanto, le corresponde a la entidad identificar de manera preliminar, el tipo de infraestructura sobre la cual recae el objeto a contratar, acorde con lo señalado en la «Matriz 1 – Experiencia», en la que se contemplan las clases de obra aplicables al sector, sean de infraestructura de transporte, agua potable y saneamiento básico o infraestructura social.