“Los médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional, que forman parte de los servicios médicos de la empresa, podrán realizar las evaluaciones médicas ocupacionales de la población trabajadora a su cargo, siempre y cuando cuenten con licencia vigente en salud ocupacional.
En todo caso, es responsabilidad del empleador contratar y velar porque las evaluaciones médicas ocupacionales sean realizadas por médicos especialistas con licencia vigente en salud ocupacional, so pena de incurrir en las acciones establecidas en la resolución que cita esta circular”.
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