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Texto de la sentencia de la Corte en la que reiteró que existe reserva de ley sobre la definición de los procedimientos y criterios para distribuir recursos de la Nación entre universidades oficiales

Escrito por  Feb 21, 2022

De acuerdo con la providencia, el artículo 183 de la Ley 1955 de 2019 autorizó la apropiación, mediante la ley anual de presupuesto, de recursos adicionales para el financiamiento de las IESP, en cumplimiento de lo acordado entre el Gobierno y los representantes de estudiantes y profesores de IESP, en el marco de la Mesa de Diálogo creada en el 2018, para atender a las inconformidades de

dicha comunidad. La Sala estudió la demanda presentada en contra de la expresión «l Ministerio de Educación Nacional establecerá los mecanismos de distribución de estos recursos, con criterios de equidad y fortalecimiento institucional, entre otros», contenida en el artículo 183 de la Ley 1955 de 2019. La Sala expuso los principales aportes que efectúa la Nación a las IESP y explicó el contenido del artículo 183 de la Ley 1955 de 2019.

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Modificado por última vez en Lunes, 21 Febrero 2022 08:00