El Consejo de Estado declara de oficio la nulidad del proceso desde la Sentencia de 12 de noviembre de 2015 que tiene que ver con la demanda de la CAR en contra de la ANM por el contrato de concesión minera GDQ-151 suscrito entre el INGEOMINAS (hoy Agencia Nacional de Minería) y ARISTIDES AREVALO FORERO Y OTROS,
inscrito en el Registro Minero el 23 de octubre de 2006 para la exploración y explotación de carbón, ubicado en la Reserva Forestal Protectora Cerro Quinini.
La Sala concluye que el proceso de la referencia se encuentra viciado por la indebida notificación o emplazamiento de personas que deben ser citadas al mismo.
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