De acuerdo con el presente concepto, dentro de las condiciones para acceder al servicio de acueducto, esto es, para obtener la conexión del mismo, el inmueble debe contar con la Licencia de Construcción correspondiente, si se trata de edificaciones por construir, o con la cédula catastral en el caso de obras terminadas, lo que implica que la conexión puede efectuarse sobre construcciones futuras, atendiendo las condiciones exigidas.