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CE: Defensoría del Pueblo vulneró el derecho de petición, al no brindar la asesoría en materia de derecho de autor a una mujer a quien el Instituto de Cultura de Yumbo publicó, sin su autorización, unos volantes que incluían poesías de su autoría

Escrito por  Dic 29, 2021

“La accionante afirmó que, en el año 2012 el Instituto Municipal de Cultura de Yumbo – Valle del Cauca - publicó, sin su autorización, unos volantes que incluían dos estrofas de una poesía de su autoría. El 9 de mayo de 2021, la actora, por medios electrónicos, remitió una solicitud, en ejercicio del derecho de petición a varias entidades públicas.

La petición estaba encaminada a que se resolvieran, principalmente, los siguientes aspectos: I) que le repararan los daños ocasionados con la publicación; II) se retire la publicación de un poema y se suspenda su utilización; III) se salvaguarde el vínculo entre las obras y su autora; IV) que los entes de control actúen frente al caso, sin poner barreras administrativas o burocráticas. Esta Corporación, en segunda instancia, consideró que, la Defensoría del Pueblo- en contravía de su función constitucional de proteger los derechos y garantías de los habitantes del territorio nacional- vulneró el derecho fundamental de petición, situación que se ve agravada en el caso de una mujer que ha manifestado encontrarse en una situación de vulnerabilidad”.

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Modificado por última vez en Viernes, 24 Diciembre 2021 12:31