(II) expedición irregular, ya que no se agotó el trámite de publicación de los proyectos específicos de regulación y ese defecto procedimental fue trascendente; y (III) violación de las normas en que debía fundarse por desconocimiento del principio de confianza legítima, ya que el decreto demandado fue proferido de manera intempestiva, sin garantizar la participación previa de los interesados en el tema que reglamentó”.