Los parqueaderos preferenciales habilitados, para vehículos eléctricos, deberán estar debidamente identificados, destinando un porcentaje mínimo del dos por ciento (2%) del total de plazas de parqueo habilitados, estos, podrán disponer de infraestructura de carga, acorde a la capacidad de suministro de energía eléctrica del lugar. Para la identificación de la zona de parqueo de los diferentes vehículos impulsados a través de energía eléctrica, se utilizará un logo, el cual estará representado por dos características como son: El tipo de vehículo adicionado por un cable con enchufe o clavija de corriente.