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SSPD: el pago de servicios facturados conjuntamente no puede realizarse por separado

Escrito por  Jul 13, 2021

De acuerdo con el concepto de la SSPD, la facturación conjunta de los servicios de alcantarillado y aseo con otros servicios públicos domiciliario (energía, gas o acueducto) es obligatoria, por lo que deberá realizarse el cobro de todos los servicios en una misma factura

Ene se orden de ideas se concluye que, no podrá realizarse el pago de los servicios facturados conjuntamente de manera independiente, salvo aquellos casos en que se esté adelantando alguna petición, queja o recurso ante el prestador de los servicios antes mencionados, de conformidad con el parágrafo del artículo 147 de la Ley 142 de 1994.

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