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Aclaraciones de la SSPD para que empresas prestadoras puedan reiniciar las acciones de suspensión o corte del servicio una vez superada la emergencia sanitaria

Escrito por  Jul 12, 2021

A través del presente concepto se hace la claridad que los prestadores del servicio público domiciliario de acueducto contaran con un plazo de un periodo de facturación, para reiniciar las acciones de suspensión o corte del servicio, a partir de la finalización de la emergencia sanitaria.

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