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Domingo, 15 Febrero 2026

Edición 1584 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

A través de la Resolución CRA 915 de 2020, modificada por la Resolución CRA 918 de 2020, se establecen las medidas regulatorias transitorias para el pago diferido de las facturas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y del servicio público de aseo, en el marco de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19.

A través del acto administrativo, se ajustan las Fichas de Seguimiento y Monitoreo: S-A1-MEP Programa de Seguimiento y Monitoreo al manejo y control de sedimentos en el Pit y depósitos de estériles, y S-A6 -MEP del Programa de seguimiento y monitoreo del componente atmosférico, del Plan de Manejo Ambiental del proyecto Expansión Minera La Esmeralda ubicado en jurisdicción de los municipios de Puerto Libertador y San José de Uré, en el departamento de Córdoba

El proyecto buscaría modificar el artículo 6 de la Resolución 3496 de 2019 el cual quedará así: “Artículo 6. Reporte de la información y plazo. Las secretarias de salud departamentales y distritales o la entidad que haga sus veces, a través del área de salud ambiental, deberán reportar a más tardar el treinta (30) de marzo de cada año, la información relacionada con la gestión territorial de salud ambiental de la vigencia anterior, para lo cual ingresaran en el aplicativo a que refiere el artículo anterior, la información de los procesos de gestión de la salud pública y los componentes temáticos de salud ambiental para identificar las particularidades y aspectos a priorizar en cada territorio.

El proyecto pretendería establecer las disposiciones para la gradualidad en la implementación del Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de etiquetado de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola y la metodología para la determinación de los Periodos de Carencia (PC)”, con el fin de garantizar la inocuidad de los alimentos de producción primaria

Certificado de Revisión Técnico-mecánica y de emisiones contaminantes virtual es el documento que acredita ante las autoridades que el vehículo automotor cumple con las condiciones de la Revisión Técnicomecánica y de emisiones contaminantes o de Revisión Técnico-mecánica para vehículos eléctricos, en virtud de lo reglado en la Ley 1964 de 2019, establecidas por las Normas Técnicas Colombianas o reglamentos técnicos, previamente adoptados por el Ministerio de Transporte.