A través de concepto la SDA manifiesta que el Proyecto de Acuerdo No. 395 de 2020 “Por medio del cual se promueve la transición de la flota de transporte escolar hacia tecnologías cero emisiones”, es JURIDICAMENTE INVIABLE. Se aclara que para determinar los plazos de implementación de la transición de las flotas escolares a
“El Consejo de Estado determinó que no solo los residentes de las localidades de Bogotá, sino también quienes ejercen algún tipo de actividad en ellas tienen derecho a participar en la discusión de los planes de desarrollo de las localidades”.
El Consejo de Estado avoca conocimiento de la Resolución No. 1443 de 24 de agosto de 2020, “Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades de los operarios turísticos y en los servicios turísticos prestados en las áreas y atractivos turísticos” expedida por la Ministro de Salud y Protección Social.
La Resolución aplica a las personas naturales o jurídicas, a las asociaciones empresariales y a los consorcios y uniones temporales que pretendan realizar o que realicen operaciones de importación y exportación en desarrollo de un programa de Sistemas Especiales de Importación - Exportación en el marco de lo dispuesto por el Decreto 1371 de 2020,
La norma ordena dar inicio al examen, con el objeto de determinar si la supresión de los derechos antidumping definitivos prorrogados mediante otro acto administrativo, a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de loza y de porcelana clasificadas en la respectiva subpartida arancelaria acá determinada, originarias de China, permitiría la continuación o la repetición del