“La inembargabilidad de ciertos bienes del deudor, según el artículo 594 numeral 11 del Código General del Proceso, protege elementos indispensables para la subsistencia del afectado y su familia. Esta figura busca brindar estabilidad y seguridad al núcleo familiar,
La redacción del artículo 23-1 del Estatuto Tributario no vulnera los derechos a la igualdad y a la familia, consagrados en los artículos 13 y 42 de la Constitución, al disponer que la realización de las rentas para los beneficiarios o partícipes de un fondo solo se diferirá hasta el
En esta providencia la Sala estudió el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011, el cual fija la potestad sancionatoria de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de protección al consumidor. “De conformidad con el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011, parcialmente
Así lo dispone el presente proyecto de norma de la CREG, con el fin de mejorar la disponibilidad de capital de trabajo y el flujo de caja de los comercializadores que atienden a usuarios finales, y así facilitar el cumplimiento de sus obligaciones con el mercado y garantizar la
De acuerdo con el artículo 165 del Código General del Proceso, “Son medios de prueba la declaración de parte, la confesión, el juramento, el testimonio de terceros, el dictamen pericial, la inspección judicial, los documentos, los indicios, los informes y cualesquiera otros
Conforme lo disponen los artículos 130 y 140 de la Ley 142 de 1994, el prestador de servicios públicos domiciliarios tiene la obligación de suspender el servicio, cuando se presenten situaciones de incumplimiento del contrato, entre ellas la mora en el pago del servicio, por el
Las normas especiales que aplican a las viviendas de interés social, licencias urbanísticas, y en general, lo relativo a la construcción de urbanizaciones y/o edificaciones, son materias que escapan del régimen de prestación de los servicios públicos domiciliarios previsto en la Ley
“Los municipios se encuentran facultados por la Constitución y la Ley para asumir la prestación directa de los servicios públicos domiciliarios cuando las características técnicas y económicas del servicio y las conveniencias generales lo permitan y recomienden, de conformidad