“Los contratos de concesión minera celebrados a partir de la entrada en vigencia de la Resolución 898 de 2014, contemplan la obligación de presentar el Plan de Gestión Social junto con el Programa de Trabajos y Obras. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22
La Sala precisó que Corponariño “no acreditó el cumplimiento de la obligación de liquidar los convenios suscritos en virtud de una Resolución del año 2017, en los 3 meses concedidos en la sentencia objeto de desacato, ni hasta la fecha, por lo que, pese a que el a quo no
La Sala destacó que “los actos de determinación oficial del impuesto y los sancionadores son actuaciones diferentes, que siguen procedimientos diversos y se justifican en hechos independientes, aun cuando los primeros sean el fundamento fáctico de la sanción por devolución o
Conforme con lo dispuesto por el artículo 490 del ET, la proporcionalidad de los impuestos descontables tiene por objeto imputar correctamente el IVA pagado en costos y gastos comunes a las operaciones gravadas, exentas y excluidas; distribuyendo unos valores al IVA
La Sala precisó que “el legislador consagró la consecuencia de que los árbitros deben reembolsar la segunda mitad de los honorarios recibidos en el evento en que el recurso de anulación prospere -con fundamento en esas causales-, sin precisar que la aludida consecuencia
La sala explicó que tratándose de las solicitudes reguladas por el artículo 31 de la Ley 685 de 2001, “la decisión de otorgar en concesión una zona de reserva especial a las comunidades que hayan ejercido en ella explotaciones mineras tradicionales no puede escapar al
Frente a la negativa de la solicitud de conexión y/o prestación, que presente el titular de la licencia de construcción o del proyecto, aplican los presupuestos del artículo 154 de la Ley 142 de 1994. La competencia de la Superintendencia para pronunciarse sobre actos de negativa
“La suspensión y el corte del servicio son dos medidas diferentes. La suspensión, valga la redundancia, hace referencia a una suspensión temporal o transitoria del suministro del servicio, esto es, hasta que el usuario de cumplimiento a la obligación de pago pendiente, o subsane