En el presente asunto la demandante formuló como pretensión el cumplimiento de los numerales 18 y 25 del artículo 73 y literal “a” del numeral 1º del artículo 74 de la Ley 142 de 1994, con la finalidad de “advertirle a la CREG que está obligada a ejercer sus funciones especiales, y adelantar los trámites, gestiones, denuncias y
El presente acto administrativo “instruye a la CREG para que en el marco de sus competencias y, antes del 27 de junio de 2022, modifique las condiciones de la oferta pública de cantidades de segundo semestre, en el sentido de prorrogar el inicio del período de entrega de las cantidades, de manera que sea el 1° de agosto de 2022.
La Entidad indicó que, dado que mediante la Resolución CREG 102 007-2022, la Comisión publicó medidas transitorias en relación con los mecanismos y procedimientos de comercialización de la PTDVF y la CIDVF de gas natural, conforme a lo establecido en la Resolución CREG 186 de 2020 y que dicha
La CREG estableció el Cronograma para la realización del cargue de información en el Aplicativo “Apligas” para la presentación de solicitudes tarifarias de cargo de comercialización por parte de las empresas comercializadoras de gas combustible a usuarios regulados para los mercados relevantes que atienden.
La CREG teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 22 de la Resolución CREG 186 de 2020, publicó el cronograma de la comercialización del mercado mayorista de gas natural, a ser tenido en cuenta para el año 2022.