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Concepto de la SSPD sobre la prestación de servicios públicos domiciliarios en asentamientos ilegales

Escrito por  Jul 08, 2021

A través del concepto se aclaró que no existe prohibición legal para que los prestadores de los servicios públicos de acueducto, saneamiento básico y energía eléctrica presten dichos servicios en asentamientos ilegales; no obstante, la prestación ordinaria de tales servicios dependerá del cumplimiento de los requisitos de conexión y/o prestación para cada uno.

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