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Concepto de la SSPD sobre la función de las autoridades tarifarias en materia de servicios públicos domiciliaros

Escrito por  Jun 15, 2021

El concepto indica que las autoridades tarifarias, en materia de servicios públicos domiciliarios, deben atender las disposiciones regulatorias del régimen tarifario que se encuentran vigentes, al momento de determinar las tarifas de cada servicio. Lo anterior ya que es obligación de las comisiones de regulación definir cuáles son los cargos que se deben incluir en las respectivas fórmulas tarifarias, de acuerdo con las características y las condiciones que tenga cada sector en un momento determinado.

A su vez, “el cobro de estos servicios se encuentra conformado por tres componentes: (I) un cargo por consumo cuyo objetivo es retribuir los costos de la prestación del servicio propiamente dicho, (II) un cargo fijo, que busca recuperar los gastos en que se incurre para garantizar la disponibilidad del servicio, con el propósito de que quien cuente con un contrato de servicios públicos domiciliarios, pueda acceder y disponer del servicio, en el momento en que lo requiera, y (III) un cargo por aportes de conexión, que como su nombre lo indica, cubre los costos involucrados en la conexión del usuario al servicio.

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