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SSPD: empresas de energía no pueden restringir prestación de servicio a invasiones o asentamientos ilegales

Escrito por  May 26, 2021

El concepto indica que no existe prohibición alguna para que los prestadores de servicios públicos domiciliarios suministren dichos servicios a los asentamientos ilegales.

Así las cosas, no es posible restringir el acceso del servicio de energía a invasiones.

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