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MinMinas analiza la jerarquía normativa y las reglas de coexistencia entre proyectos mineros y energéticos

Escrito por  Oct 21, 2026

El Ministerio de Minas y Energía explicó aspectos sobre la coexistencia de proyectos minero-energéticos. La entidad analizó si una resolución ministerial puede modificar derechos de un título minero preexistente, concluyendo que las resoluciones solo establecen reglas de coordinación y procedimiento, sin alterar el contenido sustancial de los derechos mineros. También determinó la prevalencia de la Ley 685 de 2001 (Código de Minas) sobre una resolución ministerial en caso de incompatibilidad, reafirmando la jerarquía normativa. El Ministerio aclaró que el horizonte de dos años para reporte de actividades mineras no limita la vigencia del título, aunque sí activa el mecanismo de conflicto de coexistencia. Finalmente, estableció que la Resolución 40358 de 2025 no crea una regla general de prevalencia entre proyectos mineros y energéticos; la prioridad emerge solo de la ley, como en el caso del artículo 35 del Código de Minas.

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Modificado por última vez en Miércoles, 21 Octubre 2026 08:42