La Agencia Nacional de Contratación Pública señaló que las entidades estatales tienen discrecionalidad para fijar reglas en los pliegos de condiciones, pero esta no es absoluta y debe ajustarse a los principios de proporcionalidad, razonabilidad y selección objetiva. En ese marco, exigir que la oferta económica se presente en una caja de seguridad con clave puede ser una medida válida si busca garantizar la confidencialidad, integridad y transparencia del proceso. Sin embargo, advirtió que dicha exigencia podría convertirse en una restricción indebida a la libre concurrencia si no está debidamente justificada o resulta excesiva, especialmente cuando implica costos, barreras técnicas o dificultades logísticas que limiten la participación. En consecuencia, su validez depende de que sea necesaria, proporcional y no genere cargas desmedidas para los oferentes.