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Consejo de Estado revocó auto que negó demanda de nulidad de un acto de la ANM que archivó propuesta de un contrato de concesión minera, dado que estaba en vigor el decreto que reguló las conciliaciones no presenciales por el Covid-19

Escrito por  May 29, 2024

Se demandó la nulidad de una Resolución del año 2019, mediante la cual la ANM rechazó y archivó una propuesta de un contrato de concesión minera la Resolución del año 2020, a través de la cual se confirmó la decisión anterior. El artículo 9 del Decreto Legislativo 491 de 2020 modificó el término del plazo de caducidad, que pasó de 3 a 5 meses, período durante el cual opera, en este caso, la suspensión de la caducidad. Por consiguiente, para la Sala, le asiste razón a la parte recurrente, dado que para la fecha en la que se presentó la petición de conciliación extrajudicial estaba en vigor el mencionado decreto, de ahí que la Procuraduría General de la Nación tenía hasta el 30 de marzo de 2021 para adelantar dicha diligencia. “En cuanto la audiencia de no acuerdo se llevó a cabo el 10 de febrero de 2021, por ende, como la demanda de la referencia se interpuso ese mismo día, el derecho de acción se ejerció en oportunidad. La Sala revocó el auto del 1° de abril de 2022, para que, en su lugar, el consejero ponente determine si el sub lite cumple o no con los requisitos para ser admitido, decisión que, según corresponda, será susceptible de los recursos de ley”.

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Modificado por última vez en Martes, 28 Mayo 2024 20:02