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SSPD aclaró disposiciones sobre el diseño, construcción y mantenimiento de las redes del servicio público de alcantarillado

Escrito por  Ene 25, 2024

A través del presente concepto la SSPD indicó que “respecto de las redes del servicio público de alcantarillado, los numerales 7 y 8 del artículo 2.3.1.1.1 y los artículos 2.3.1.2.4 y 2.3.1.3.2.3.17 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, indican que: (i) el diseño, construcción y mantenimiento de la red matriz o red primaria de alcantarillado está en cabeza de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, con cargo a las tarifas (ii) el diseño y construcción de la red secundaria o red local de alcantarillado le corresponde a los urbanizadores, mientras esté vigente la licencia urbanística o su revalidación, mientras que el mantenimiento de las mismas corresponde a los prestadores, una vez las hayan recibido y (iii) el mantenimiento de la acometida, medidores y la red interna será responsabilidad del usuario y/o suscriptor”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 24 Enero 2024 23:47