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Texto de la resolución de SSPD que establece los plazos para el cargue de Información Financiera anual con corte a 31 de diciembre de 2022

Escrito por  Abr 28, 2023

La presente Resolución aplica a todas las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, conforme lo disponen las Leyes 142 y 143 de 1994 y demás disposiciones que conforman el régimen de los servicios públicos domiciliarios que, de acuerdo con sus características

y su nivel de cumplimiento de requisitos, se encuentran clasificados en los grupos 1®, 2, 3, y cobijados por lo dispuesto en la Resoluciones 414 de 2014 y 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación. En el documento se establecen los plazos para el reporte de información. El primer vencimiento es el 15 de mayo de 2023.

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