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MinAmbiente emitió concepto refiriéndose a los permisos ante las CAR, para la construcción de vías y/o explanar lotes para el sector construcción

Escrito por  Abr 26, 2023

La Autoridad ambiental indicó que “que con base en lo establecido en los artículos 180 al 185 del Decreto-Ley 2811 de 1974, le corresponde a las Autoridades Ambientales competentes, atender las solicitudes que estén relacionadas con proyectos de adecuación o restauración de

suelos. En tal sentido y de acuerdo con lo establecido en el CNRNR, los proyectos de adecuación o restauración de suelos deberán fundamentarse en estudios técnicos de los cuales se induzca que no hay deterioro para los ecosistemas y dichos proyectos requerirán por supuesto aprobación, la cual debe ser otorgada por la autoridad ambiental de acuerdo con la naturaleza del asunto. Los artículos 182 y 183 del CNRNR, establecen por un lado, unos requisitos para poder solicitar el permiso, y por otro lado, la observancia de una obligación como es la presentación de un estudio técnico del cual se derive que no habrá deterioro para los ecosistemas y finalmente, establece que dichos proyectos requerirán aprobación de la autoridad ambiental competente”.

    La Entidad precisó que  desde el Sector Ambiente, el asunto versa sobre los permisos relacionados con proyectos de adecuación o restauración de suelos, mientras que para el Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, el tema se encuentra vinculado con la autorización para el movimiento de tierras en proyectos de parcelación, urbanización o construcción; proyectos los cuales les incube cumplir con la normativa ambiental aplicable.

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