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ANM emitió concepto refiriéndose al pago de regalías correspondientes a esmeraldas y demás piedras preciosas y semipreciosas

Escrito por  Feb 24, 2023

La ANM reiteró que “Toda persona natural o jurídica que explote recursos minerales de propiedad nacional, a cualquier título, está obligado a presentar ante la Agencia Nacional de Minería dentro de los diez días hábiles siguientes a la terminación de cada trimestre calendario,

una declaración de producción del mineral explotado -en este caso esmeraldas y demás piedras preciosas y semipreciosas-, indicando la jurisdicción municipal de donde se extrajo el mineral y liquidando la regalía que le corresponde pagar de acuerdo con la producción declarada, el precio del mineral para la liquidación de regalías fijado por la Unidad de Planeación Minero Energética y el porcentaje establecido en la ley.”

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