de manera voluntaria, aumentos graduales en las tarifas en vez de un aumento súbito que, conforme la fórmula de costo unitario establecida en la Resolución CREG 119 de 2007, podría aplicar en un momento determinado. En la resolución en comento se prevé que el usuario pueda escoger entre acogerse a una opción tarifaria o no, para aquellas aplicaciones que se inicien con posterioridad al 1 de enero de 2022. En todas las opciones tarifarias iniciadas con anterioridad a dicha fecha, en caso de que un prestador del servicio decida iniciar una opción tarifaria, dicha aplicación es obligatoria para todos sus usuarios”.