sindicalizado, lo cual, impide el nacimiento de sindicatos y detienen el crecimiento de los existentes, o contribuyen con la destrucción de éstos, situación que empaña el contexto de las obligaciones del Estado colombiano”.
A través de la presente circular, la entidad indicó que a pesar de las extensas recomendaciones internacionales, “existe en el país un preocupante número de pactos colectivos o beneficios extralegales, otorgados por el empleador, cuya condición de acceso es no encontrarse
sindicalizado, lo cual, impide el nacimiento de sindicatos y detienen el crecimiento de los existentes, o contribuyen con la destrucción de éstos, situación que empaña el contexto de las obligaciones del Estado colombiano”.