metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”. La cual ha sido modificada por las Resoluciones CRA 751 de 20162 y CRA 858 de 20183, adicionada por la Resolución CRA 822 de 20174 y compilada en la Resolución CRA 943 de 20215. Este marco tarifario vincula a las personas prestadoras del servicio público de aseo que se encuentran en su ámbito de aplicación al régimen de libertad regulada, bajo el cual las tarifas serán fijadas autónomamente por las Juntas Directivas de las empresas que presten este servicio o por quien haga sus veces, o por el alcalde del municipio cuando el servicio sea prestado directamente por la administración municipal, quienes obran como entidad tarifaria local.”