y dentro del marco de las normas citadas los recursos de reposición ante el prestador y de apelación ante esta Superintendencia.
La SSPD es competente para resolver en segunda instancia, en su calidad de superior funcional, los recursos de apelación presentados por los usuarios, ante el incumplimiento de la Ley o de las condiciones uniformes del contrato, en situaciones relativas a actos de: facturación, suspensión, corte, terminación del contrato y negativa a contratar. Decisiones todas estas que afectan la prestación del servicio y la ejecución del contrato de condiciones uniformes. Con respecto a lo dicho, es de anotar que una vez presentada una petición, queja, reclamo o recurso, el prestador tendrá quince (15) días hábiles para responder de fondo a la misma y cinco (5) días hábiles más para iniciar el trámite de notificación de la respuesta.