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Concepto del SGR sobre los proyectos de inversión en la concertación realizada con cargo a los saldos del 60% del FDR para la reactivación económica

Escrito por  Ene 31, 2022

“La aprobación y ejecución de los proyectos de los que trata el artículo 209 de la Ley 2056 de 2020, debió concertarse con cinco (5) municipios o distritos del departamento en los primeros dos (2) meses del presente año. Como resultado de esta concertación se definieron los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos señalados en el artículo 209 de la Ley 2056 de 2020.

Por lo tanto, considera esta Oficina Asesora Jurídica que el Departamento no puede aprobar con cargo a los recursos en mención aquellos proyectos de inversión que no hayan sido concertados con los municipios de su jurisdicción en el marco de las mesas técnicas realizadas. Asimismo, se indica que la normativa del SGR no estableció un procedimiento ni causales para modificar la concertación realizada en los dos primeros meses del año 2021”.

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